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ESCRITURA RECTIFICATORIA DE PERSONA MORAL Requisitos
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DE LA PERSONA MORAL Testimonio o copia certificada del Acta Constitutiva con su boleta de inscripción en el Registro Público. Testimonio o copia certificada de las escrituras de todas las asambleas realizadas en las que se haya hecho modificaciones a los estatutos, con su boleta de inscripción en el Registro Público. Cédula de identificación fiscal de la empresa (no mayor a 3 meses, solo si ya inicio operaciones y fue dada de alta ante el SAT).
DE CADA UNO DE LOS ASOCIADOS, SOCIOS, ACCIONISTAS, Y REPRESENTANTE LEGAL, DE LA PERSONA MORAL, ASÍ COMO DEL COMISARIO U ÓRGANO DE VIGILANCIA Identificación: Exhibir documento de identidad. Credencial para votar vigente, en caso de no contar con ella, deberán exhibirse 2 identificaciones oficiales vigentes con fotografía y firma. (mexicanos y residentes extranjeros). Constancia de situación fiscal emitida por el SAT donde conste la ocupación del Socio (no mayor a 3 meses), con estatus activo de expedición. O su equivalente en caso de tributar en el extranjero.
DE LA PERSONA FACULTADA PARA COMPARECER A LA FIRMA DE LA ESCRITURA RECTIFICATORIA Formato de datos generales. Identificación: Exhibir documento de identidad. Credencial para votar vigente, en caso de no contar con ella, deberán exhibirse 2 identificaciones oficiales vigentes con fotografía y firma. (mexicanos y residentes extranjeros). CURP. Actualizada, debe aparecer debajo del recuadro el carácter de que esta certificada. Constancia de situación fiscal emitida por el SAT donde conste la ocupación del Socio (no mayor a 3 meses), con estatus activo de expedición. O su equivalente en caso de tributar en el extranjero.
*Para los socios o accionistas extranjeros la documentación que exhiban expedida por su país de origen deberá de estar debidamente apostillada. Y si fuera de un idioma diferente al español, adicionalmente se necesita acompañar la traducción por perito traductor oficial. (de los peritos autorizados por el poder judicial mexicano). *De la revisión practicada a la documentación exhibida, se dictaminará si en el caso particular es necesaria alguna documentación o información adicional.
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