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CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS CON PARTICIPACIÓN DE CAPITAL EXTRANJERO Requisitos
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INFORMACIÓN GENERAL DENOMINACIÓN: Proporcionar 5 cinco opciones de denominación (nombres) de la SOCIEDAD, enumerándolos por orden de preferencia (que sean completamente diferentes), a efecto de poder tramitar la autorización de uso de nombre ante la Secretaría de Economía. OBJETO: Proporcionar una descripción del objeto social a que se dedicará la SOCIEDAD. ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN: Señalar cual será el órgano de administración de la sociedad, es decir, si será ejercido por varias personas a través de un “Consejo”, o por una sola persona como “Administrador General Único” o” Gerente”; así como señalar el o los nombres correspondientes y en los cargos a ejercer dentro del consejo de ser el caso (presidente, secretario, tesorero, etc.). Tener en cuenta que si el representan ante legal es de nacionalidad extranjera, deberá tener la forma migratoria que le permita tramitar su Constancia de Situación Fiscal (RFC) y firma electrónica avanzada, emitidas por el SAT. ÓRGANO DE VIGILANCIA: Señalar quien o quienes fungirán como órgano de vigilancia o Comisario. No debe haber grado de parentesco con los Socios. DURACIÓN: señalar la vigencia de la sociedad. ADMISIÓN DE EXTRANJEROS: Considerar que al admitir socios extranjeros existen limitaciones de giros para los extranjeros, los cuales están regulados por la Ley de Inversión Extranjera, y demás disposiciones legales y aplicables. CAPITAL: Señalar cual será el capital. (El capital debe ser efectivamente aportado de la cuenta bancaria de cada socio a la sociedad, exhibir evidencia mediante cheque de caja, tanto para el capital fijo como para el capital variable) Prever aportar el capital en Divisa Mexicana. Si se adquieren cheques de caja en banco exhibir también el talón de emisión que viene junto al cheque o boucher de compra de cada uno de los cheques.
DOCUMENTACIÓN DE LOS SOCIOS Y TITULAR DEL ÓRGANO DE VIGILANCIA, como requerimientos para cumplir con la Ley para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y el expediente fiscal único: Formato de datos generales. Monto de cada uno de los cheques con los cuales el socio realizara su aportación de capital Identificación: Exhibir documento de identidad. Credencial para votar vigente, en caso de no contar con ella, deberán exhibirse 2 identificaciones oficiales vigentes con fotografía y firma. (mexicanos y residentes extranjeros). De los socios extranjeros, se deberá exhibir el documento que acredite su legal internación en el país, y tener la calidad de residente, sea provisional o permanente. Constancia de situación fiscal emitida por el SAT donde conste la ocupación del Socio (no mayor a 3 meses), con estatus activo de expedición. O su equivalente en caso de tributar en el extranjero. Acta de Nacimiento (Con vigencia no mayor a 3 meses). Si fuera el caso Acta de Matrimonio (Con vigencia no mayor a 3 meses). En caso de estar divorciado lo que deberá proporcionarse será el acta de divorcio. Comprobante de domicilio (Telefonía, luz o bancario) - No mayor a 3 meses- Debe ser del titular o de algún ascendiente o descendente en línea recta, (completo todas las hojas que lo componen, aunque sea publicidad). Si fuera casado o tuviera una relación de concubinato (De acuerdo a la reforma fiscal 2022) Si (la) (el) cónyuge es mexicano exhibir copia simple legible de su credencial para votar vigente o de su pasaporte vigente donde aparezca su fotografía y firma; si fuera el caso y la cónyuge es de nacionalidad extranjera exhibir copia simple legible de su pasaporte vigente donde aparezca su fotografía y firma (si no fuera pasaporte y fuera otra identificación propia de su país debe de contener fotografía y firma de la titular).
*Para los socios o accionistas extranjeros la documentación que exhiban expedida por su país de origen deberá de estar debidamente apostillada. Y si fuera de un idioma diferente al español, adicionalmente se necesita acompañar la traducción por perito traductor oficial. (de los peritos autorizados por el poder judicial mexicano). *De la revisión practicada a la documentación exhibida, se dictaminará si en el caso particular es necesaria alguna documentación o información adicional.
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